DGT-R-15-2020


Según la Gaceta N° 174, viernes 17 de julio, del  2020
.


Se prorroga el plazo para la presentación y cancelación de las declaraciones correspondientes a las obligaciones detalladas hasta el día 20 de julio de 2020, sin generación de intereses. No incurrirán en la infracción por morosidad ni presentación tardía quienes cumplan sus obligaciones en la fecha señalada:




En caso de que las medidas sanitarias actualmente vigentes se prolonguen, la prórroga se extenderá por igual plazo, hasta el día hábil siguiente al vencimiento de tales medidas.

Adjunto encontrará el documento oficial emitido por la Dirección General de Tributación.

DGT-R-15-2020.pd
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