DECRETO N° 42951-COMEX-H: REFORMA A LOS ART. 62,63,90 Y 131 DEL REGLAMENTO A LA LEY DE ZONAS FRANCAS

Decreto N° 42951-COMEX-H: Reformas a los artículos 62,63,90 y 131 del Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas

Gaceta N° 117, viernes 18 de junio del 2021.


Se modifican los siguientes artículos del Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas, Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H, para que en adelante se lean de la siguiente manera:


Inciso e) del “artículo 62 Obligaciones de los beneficiarios del Régimen”


“e) Presentar un informe anual de operaciones a PROCOMER, en los términos establecidos en este Reglamento, así como los demás informes que solicite PROCOMER, COMEX o las autoridades tributarias y aduaneras en ejercicio de sus funciones. El informe anual de operaciones podrá ser presentado por el beneficiario del Régimen ante PROCOMER, mediante transmisión por vía electrónica, según los formatos y procedimientos establecidos para tal efecto.
En caso de que el informe sea presentado por vía electrónica, se aplicará lo dispuesto en el artículo 23 del presente Reglamento.”


Inciso l) del “artículo 63 Obligaciones adicionales para las empresas Administradoras de Parque”


“l) Prestar los servicios en forma eficiente a los beneficiarios instalados en el parque.”


Se modifica el “artículo 90 Informe de subcontratación”


“Artículo 90. Informe de subcontratación
La empresa subcontratante deberá presentar en el Informe Anual de Operaciones, un detalle de los resultados generados a esa fecha por la subcontratación, en el formato diseñado al efecto por PROCOMER.”

Se modifica el párrafo cuarto del apartado IV del “artículo 131 Requisitos de ingreso para empresas procesadoras de la categoría f)”


“IV. Exento, total o parcialmente, o no sujeto al impuesto sobre la renta en Costa Rica. Las empresas que deseen ingresar al Régimen bajo esta categoría deberán estar exentas total o parcialmente o no sujetas al impuesto sobre la renta.
(…)
La empresa deberá acreditar el cumplimiento de este requisito mediante declaración jurada rendida con la solicitud de ingreso al Régimen”.


Dato importante:
-Rige a partir de su publicación del día 18 de junio del 2021.


Adjunto encontrará para mayor información el documento oficial emitido por el Presidente de la República y los Ministros de Comercio Exterior y de Hacienda: Decreto N 42951-COMEX-H.pdf

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