DGT-R-02-2021: ADICIONES A LA RESOLUCIÓN DGT-R-075-2019

DGT-R-02-2021: Adiciones a la Resolución DGT-R-075-2019 sobre el deber de inscripción, desinscripción y declaración de sociedades inactivas

Gaceta N° 15, viernes 22 de enero del 2021.


Se adiciona un párrafo segundo al inciso 2) al “Artículo 2 Obligación de declarar” y un Transitorio II a la resolución N° DGT-R-075-2019, que dirán:


a) Artículo 2. (…) “Para efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior la Administración Tributaria pondrá a disposición de los contribuyentes un formulario simplificado.”


b) “Transitorio II.—Se amplía el plazo para cumplir la obligación de presentar la declaración del periodo fiscal 2020, de las personas jurídicas a que se refiere el inciso 2) del Artículo 2 de esta resolución, por un plazo adicional de dos meses y quince días naturales, contado a partir del momento en que la Administración Tributaria comunique que se ha puesto a su disposición el formulario simplificado a que hace referencia el citado Artículo, mediante publicación en la página oficial del Ministerio de Hacienda. La ampliación no aplica a las personas jurídicas que al cierre del período tienen la condición de inactiva, pero tuvieron actividad en algún momento del período fiscal, por no corresponder la presentación de un formulario simplificado en estas condiciones Sin perjuicio de lo dispuesto en los párrafos precedentes, aquellos contribuyentes considerados en el párrafo primero de este Transitorio que deseen presentar el formulario ordinario D 101 lo podrán hacer voluntariamente, completando únicamente la información requerida en esta resolución.”


Adjunto encontrarán el documento oficial emitido por la Dirección General de Tributación:
DGT-R-02-2021.pdf


 

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